EMERGENCIAS AMBIENTALES
La importancia de desarrollar acciones coordinadas entre los Estados Partes del MERCOSUR para consolidar y profundizar el proceso de integración, determino, entre otras acciones que, el 7 de julio de 2004, en la ciudad de Puerto Iguazú, Republica Argentina, el Consejo Mercado Común aprobara, mediante Decisión CMC/DEC Nº 14/04, el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente en Materia de Cooperación y Asistencia ante Emergencias Ambientales.
Este marco normativo surgió ante la necesidad de avanzar en la construcción del desarrollo sostenible en dicho ámbito de integración regional y de profundizar la solidaridad y la buena vecindad, con especial énfasis ante emergencias ambientales, con vistas a mejorar la calidad de vida y las condiciones de seguridad de sus poblaciones frente a las posibilidades de ocurrencias de emergencias ambientales en los Estados Partes. A tal efecto acordaron mediante dicho instrumento, reglamentar las acciones de la cooperación y asistencia ante emergencias ambientales, estableciendo procedimientos que permitan actuar con mayor eficacia, rapidez y previsibilidad.
Se considera emergencia a la situación resultante de un fenómeno de origen natural o antrópico que sea susceptible de provocar graves daños al ambiente o a los ecosistemas y que, por sus características, requiera asistencia inmediata.
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