Antecedentes
El 26 de marzo de 1991 se firmó el Tratado Asunción para la constitución de un Mercado Común del Sur, firmado en la ciudad de Asunción, Republica del Paraguay, entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, el objetivo fue la institucionalización del proceso de integración comercial entre los países. Tanto los órganos decisorios (Consejo Mercado Común (CMC), Grupo Mercado Común (GMC) y la Comisión de Comercio del MERCOSUR (CCM)) como los organismos auxiliares (Secretaría Administrativa del MERCOSUR y la Comisión Parlamentaria Conjunta) tienen carácter intergubernamental.
Hay que destacar que el tema ambiental fue expresamente previsto en el preámbulo del Tratado de Asunción: "… (el) objetivo debe ser alcanzado mediante el más eficaz aprovechamiento de los recursos disponibles, la preservación del medio ambiente, el mejoramiento de las interconexiones físicas, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de la economía, con base en los principios de gradualidad, flexibilidad y equilibrio”. En el año 1992 se lleva a cabo la Segunda Cumbre Presidencial del MERCOSUR, en la ciudad de Las Leñas. En ésta quedó de manifiesto la voluntad de los cuatro mandatarios de interpretar la naturaleza intersectorial y estructural que la temática ambiental requería para su tratamiento. Por tal motivo, se constituyó por Resolución N° 22/92 del Grupo Mercado Común, la Reunión Especializada de Medio Ambiente (REMA), primer antecedente institucional para el desarrollo ambiental en el MERCOSUR. Su objetivo general fue: “…la formulación de recomendaciones al GMC que aseguren una adecuada protección del medio ambiente en el marco del proceso de integración regional que implica el mercado Común del Sur”. Se destacan los principales avances obtenidos por la REMA:
Es importante señalar que uno de sus resultados prioritarios fue retomado por el SGT N° 6, las Directrices Básicas de Política Ambiental. La Resolución N° 10/94 aprobó las 11 Directrices que se elevaron al GMC, éstas definían un conjunto de principios y líneas de acción a seguir en materia de política ambiental por los Estados Partes. |
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